Registro de contratos de alquiler

Desde el siguiente 1 de marzo va a ingresar en vigor la novedosa ley que reglamentará el registro de contratos de alquiler de inmuebles. La medida fue tomada por la Administración Federal de Capital Públicos (AFIP) y transformada en ley y lo que busca es que queden registrados todos los contratos de alquiler que se hagan.
Así quedan inscriptos para un más grande control sobre los contratos de alquiler y comprobar que se cumplan las obligaciones fiscales que tienen quienes intevienen en estas operaciones.
De esta forma, los contribuyentes que tengan la figura de arrendadores así como inmobiliarias o escribanos, entre otro, se van a ver obligados a dejar registradas todas las operaciones que hagan en representación del inquilino.
Además se contempla en la ley que quienes alquilen van a poder reportar de forma facultativa la operación por la cual arriendan un inmueble. Con la entrada en vigor de esta ley de registro de contratos de alquiler comprender quienes constituyen las operaciones de ingraso a la vivienda y las condiciones con las que se efectúan.
Contratos de alquiler preexistentes
Para la situacion de los contratos de alquiler que fueron completados desde el 1 de julio del último año existe un complemento.
Esto es para contratos que siguen vigentes y para esos firmados desde el 1 de marzo.
Se establece un período increíble que facilita que las inscripciones de los registros se logren hacer hasta el 15 de abril del corriente año.
Contratos comprendidos en esta ley de registro de contratos de alquiler
En relación a los contratos que engloba esta ley están los alquileres de:
- bienes inmuebles rurales,
- los alquileres temporales de inmuebles con objetivos turísticos o de trabajo, ya sean urbanos o rurales,
- alquileres de inmuebles urbanos
- y los alquileres que se logren hacer en sitios fijos o móviles como tienen la posibilidad de ser supermercados, shoppings, paseos o galerías así como locales comerciales.
Todos estos tendrán estar registrados para lograr llevar un control más completo sobre la forma y condiciones en su contrato.
La ley además establece que estos contratos de locación o arrendamiento tendrán ser informados dentro de los quince días desde que se produce la firma del contrato alquiler o bien cuando este se modifica o se moderniza. Quien haga la operación es quien debe registrarlo dentro de la fecha estipulada. Quienes no hagan este registro de contratos de alquiler en la AFIP van a ser sancionados por incumplimiento de la ley.
Cómo informar el contrato de alquiler
Para realizar el registro de contrato e informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos, se debe entrar en su página web. Ingresando con la clave fiscal y ahí dirigirse al apartado de Registro de locaciones e inmuebles RELI – CONTRIBUYENTE.

En la información que se debe facilitar deberán constar los datos del locador, los datos del inmueble que se está alquilando y todos los datos de las personas que intervienen en la operación.
También se deberá adjuntar un archivo en el que aparezca el contrato de alquiler celebrado por las partes intervinientes.
Cabe mencionar que el registro de contratos de alquiler es una resolución que se encuentra dentro de la ley de alquileres que fue sancionada el año pasado y se encuentra disponible en el Boletín Oficial para quienes quieran mayor información sobre el tema.

Objetivo del registro de contratos de alquiler
El 80% de las operaciones se ejecuta en la actualidad es de forma informal. Esta medida es de enorme consideración para AFIP puesto que afirman que de esta forma se evitaría una evasión millonaria. Por otro lado es un instrumento para que los vecinos que sean inquilinos logren llevar a cabo valer sus derechos y reciban una factura oficial sobre el contrato del alquiler que están pagando. De esta forma tienen la posibilidad de deducir del impuesto a las ganancias un total cercano al 40 por ciento de lo que paga en criterio de alquiler.
Para la situacion de los dueños que quieran hacer desalojos por medio de la vía judicial tendrán tener registrado el alquiler para lograr llevarlo a cabo. Más allá de que el período es algo acotado, se va a intentar que se realize con la más grande eficacia viable.
Contratos de alquiler en CABA
Como información agregada, los dueños que tengan inmuebles en alquiler en la Localidad Autónoma de Buenos Aires tienen que tributar una alícuota del 1,5 %. Esto es por capital brutos sobre el valor del alquiler.
Para la situacion de los dueños con alquileres en la provincia de Buenos Aires el porcentaje va a ser del 3,5%. En CABA la gente propietarias que alquilen hasta dos inmuebles abajo de los $30.000 cada uno están eximidos de realizar los pagos capital brutos.
Preguntas recurrentes sobre registro de contratos de alquiler
¿Qué es el registro de contratos de alquiler?
El registro de contratos de alquiler es una exclusiva reglamentación de la ley de alquileres por la cual la AFIP controlará las condiciones que tiene el contrato que firman el arrendador y arrendatario.
¿Cuándo entra en vigor esta reglamentación?
la reglamentación sobre el registro de contratos de alquiler va a ingresar en vigor el día 1 de marzo. Tanto para los contratos que se hagan desde esta fecha como para los que fueron firmados desde el 1 de julio del último año se va a proporcionar un tiempo excepcional para hacer el trámite que va a ser hasta el 15 de abril.
¿Dónde se tiene que hacer el registro del contrato de alquiler?
El registro se va a poder hacer de forma virtual accediendo a la página de AFIP y entrando al apartado de Registro de Locaciones e Inmuebles (RELI).
¿Qué contratos comprende este registro?
Los contratos logrados por esta novedosa medida son esos en los que se alquila un inmueble urbano, un inmueble rural, inmuebles de alquiler temporal o espacios localizados en inmuebles así como shoppings, centros comerciales, galerías comerciales o supermercados.
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